Queremos hacer en este post un resumen, de la transición a Etapa 1 en Málaga y como afecta eso a aquellos comercios que poseen una Licencia de Apertura en vigor y desean reanudar su actividad.
El Comercio minorista, podrá reabrir los locales comerciales y servicios profesionales con una superficie menor a 400m2, debiendo reducir la capacidad de su aforo a un 30%. Si el local tiene varias plantas, deberá reducir el aforo a un 30% en cada una de ellas. Además de ello, cumplirá con una serie de medidas de seguridad como son mantener una distancia de 2m entre clientes. Si no fuera posible entraría un cliente por turno en el establecimiento. Finalmente se pone disposición del público dispensadores de gel hidro alcohólico a la entrada del local.
Respecto a las administraciones de Lotería. Podrán reabrir las entidades concesionarias de juego público de ámbito estatal, excepto aquellas que se encuentren en centros comerciales, sin acceso directo e independiente desde el exterior.
En otro post comentamos las condiciones por las cuales pueden abrir las terrazas de los locales de hostelería.
Los hoteles y establecimientos turísticos, podrán reabrir. Se prestará servicio de restauración exclusivamente para los clientes hospedados. No estará permitida la apertura de piscinas, spas, gimnasios, miniclubs, zonas infantiles, discotecas, salones de eventos y espacios análogos. En las zonas de recepción y conserjería se deberá mantener la distancia de 2m y disponer de gel hidro alcohólico en dichas estancias.
Los requisitos que deben cumplir los mercadillos dependerán de cada Ayuntamiento, si bien existen unos límites:
- 25% de los puestos habituales o incremento del espacio.
- afluencia inferior a 1/3 del aforo habitual o aumento del espacio.
Todos los establecimientos y locales, podrán establecer, en su caso, sistemas de recogida en local de productos adquiridos a distancia, siempre que se garantice una recogida escalonada sin aglomeracione.